Normativa |
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Agosto
2012 |
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ESTANDARIZACIÓN DE LOS MODELOS DE GESTIÓN DEL RIESGO DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO |
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Dr. Andrés Carriquiry * |
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Es necesaria una Guía básica para la gestión del terrorismo.Sin duda todos los que en la actualidad estamos vinculados al tema de Prevención de Lavado de Activos, hemos participado en los últimos años en la transición ocurrida en los sistemas de prevención, desde una óptica de cumplimiento, que se enmarcaba en los sistemas de control interno y consistía básicamente en el establecimiento de determinados controles y formalidades que recaían sobre la totalidad de clientes y transacciones, hacia la óptica de gestión de riesgo, mediante la cual la posibilidad de que nuestras instituciones se vean envueltas en operaciones de lavado es considerada como un riesgo más, y en consecuencia debe ser gestionado como tal. Esta transición se dio en el marco de la consideración de los demás riesgos a los que se ve expuesta la industria financiera, el cual fue avanzando y evolucionando.Ya el informe COSO de 1992, si bien se refería esencialmente a control interno, establecía pautas de gestión de riesgos, enfoque que se profundiza y amplía en el informe 2004 “Marco Integrado de Gestión de Riesgos.” También Basilea I y Basilea II proponen y avanzan en los sistemas de gestión de riesgos. En cuanto al riesgo específico de lavado y financiamiento del terrorismo, los distintos organismos internacionales también emitieron diligentemente sus guías y documentos impulsándolo como un riesgo más a que está expuesta la industria, y como tal, debe ser gestionado. En esa línea aparece la Guía para un enfoque basado en riesgo para la gestión del riesgo de lavado de dinero emitida por el Grupo Wolfsberg en 2006, y la Guía del enfoque basado en riesgo para combatir el LD/FT emitida por GAFI en 2007. Ahora bien, es interesante observar algunas diferencias visibles en el tratamiento y sobre todo en el nivel de estandarización, entre los restantes riesgos que maneja la industria, y el riesgo de LA/FT Y es así que hoy en día conviven en la región sistemas de PLA/FT basados en cumplimiento, sistemas con visión de riesgo incipiente, regulaciones que establecen el enfoque de riesgo pero sin definir la metodología, dejándolo librado al criterio de cada entidad, y algún sistema como el colombiano, que define detalladamente no sólo el enfoque de riesgo, sino también la metodología a utilizar para su gestión. Como podemos apreciar, todos estos diferentes enfoques normativos son después interpretados y aplicados por las distintas entidades según su propia apreciación del tema, lo cual genera un universo de sistemas de gestión del riesgo casi tan amplio como el espectro de instituciones financieras, lo cual no sólo requiere mayor esfuerzo de las mismas en desarrollos, sino que además dificulta significativamente la evaluación y supervisión y sobre todo la posibilidad de compartir experiencias y aprendizajes. En este contexto surge como necesario, el desarrollo de una Guía básica para la gestión del riesgo de LA/FT, que establezca determinados estándares mínimos de gestión, y que actúe como soporte homogéneo para el desarrollo de los sistemas de gestión del riesgo de LA/FT de las distintas instituciones. Esta guía debería apuntar a determinados aspectos clave, como por ejemplo: establecer nomenclatura uniforme, definir criterios mínimos respecto a los riesgos a considerar y la forma de medirlos, mínimos para la segmentación de la cartera y para la determinación de los colectivos de riesgo que por sus características requieren atención especial, establecer criterios uniformes para la clasificación y valuación de los controles atento al diferente impacto de mitigación según sus características, y sobre todo contar con la suficiente flexibilidad para que, a partir de una base común, sea posible su adecuación a las particularidades propias de cada institución. Los reguladores y supervisores podrán actuar sobre modelos uniformes, que permitirán una visión común de cada jurisdicción, mejorando la evaluación mediante la posibilidad y comparación tanto vertical como horizontal. El sistema financiero en su conjunto se beneficiará al contar con un estándar mínimo, y por la eventual generación de sinergias entre instituciones al contar con lenguaje y estándares comunes. Y finalmente la sociedad en su conjunto mejorará su percepción respecto de los sistemas de prevención de las instituciones, al verificar que responden a los mismos patrones, lo cual les aportará mayor sustento y credibilidad. La necesidad de impulsar el desarrollo de una Guía básica que establezca determinados estándares mínimos para la gestión del Riesgo de LA/FT, es una iniciativa del Comité de Prevención de Lavado de Activos de FELABAN (COPLAFT), y ha sido presentada a GAFI y a GAFISUD a los efectos de encarar el trabajo de forma coordinada, logrando una base de análisis lo suficientemente amplia, y con alcance regional y multisectorial. * Gerente Ejecutivo/Oficial de Cumplimiento Banco de la República Oriental del Uruguay – Representante Titular por Uruguay en el Comité de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo COPLAFT de FELABAN |
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